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Listas de morosos ¿estás en una?

deuda

Estar incluido en una lista de morosos puede llegar a ser un problema tanto para autónomos como para empresas sobre todo a la hora de tratar con los bancos u otro tipo de organismos.

Un serio problema

Esta situación supone un serio problema a la hora de solicitar un préstamo o una tarjeta de crédito, solicitar cualquier tipo de servio bursátil, contratar un seguro o un servicio de telefonía ya que el estar incluido en una de estas listas supone que no eres un buen pagador y que no ofreces garantías de que vayas a subsanar tus deudas a tiempo.

Y a la hora de entablar relaciones con otra empresa también puede darte problemas.

Cuando una persona jurídica o física es incluida en este tipo de listas, la Ley establece que el deudor debe ser avisado y tener la posibilidad de abonar la cantidad que adeuda  para cancelar o rectificar el impago y así evitar convertirse en mal pagador.

Para ser incluido en una lista es necesario:

De lo contrario sus datos se incluirán en un fichero de morosos, donde podrán permanecer un máximo de 6 años (artículo 29 Ley Orgánica 15/1999).

  • La existencia previa de una deuda, vencida y exigible que haya sido impagada.
  • El requerimiento previo de pago a quien corresponda,del cumplimiento de la obligación.
  • Que el acreedor o quien actúe por su cuenta e interés, se asegure de que concurren todos los requisitos exigidos en los apartados anteriores, en el momento de notificar los datos adversos al responsable del fichero común.

Qué listas de impagados existen

En caso necesario, puedes consultar si apareces en alguno de estos ficheros mediante el acceso a las bases de datos de impagados y presentar tu no inclusión como referencia de tu solvencia.

Los principales registros de morosidad bancaria y multisectorial en España son:

  • RAI, que es un fichero de carácter privado y afecta a impagos sobre personas jurídicas cuya deuda sea igual o superior a 300€. Debe existir un documento firmado por el propio deudor que certifique la existencia de la deuda. Un claro ejemplo de estas deudas son los pagarés de cuenta corriente o cheques de cuenta corriente.
  • ASNEF o Asociación Nacional de Entidades de Financiación, contiene datos aportados por los miembros de la asociación: bancos, cajas de ahorros, empresas de servicios financieros, empresas de telecomunicaciones, empresas proveedoras de servicios, aseguradoras, y otras empresas susceptibles a impagos en su actividad. No hay un importe mínimo para ser incluida en este fichero.
  • Experian Bureau Empresarial registro de morosos con información de morosidad bancaria y multisectorial creado por Experian. En este fichero hay más de 500.000 empresas españolas deudoras.
  • Infodeuda servicio de impago administrado por Experian Bureau de Crédito. Contiene información de más de 1,2 millones de personas físicas deudoras.

Nuevo registro de la abogacía española contra los deudores

El nuevo y pionero Registro de Impagados Judiciales o RIJ, posiciona a España al frente de la innovación en esta materia ya que favorecerá el derecho a la tutela judicial efectiva ya a que se cumplan las sentencias firmes.

Este fichero aglutina información de deudas líquidas, vencidas, exigibles y reconocidas mediante una resolución judicial que permite reclamar su cobro. Los abogados, previo consentimiento del cliente, podrán incluir deudas superiores a 50€ y con un máximo de 5 años de antigüedad.


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