La Seguridad Social ha habilitado de manera provisional un sistema que tiene como fin realizar las presentaciones de escritos, solicitudes y comunicaciones con la Seguridad Social que tengan el carácter de inaplazable, y que estará disponible mientras dure el estado de alarma y servirá para que los autónomos puedan hacer sus trámites sin necesidad de certificado digital o registro en la plataforma Cl@ve.
Los trámites que se podrán realizar con cada una de las entidades (TGSS, INSS y TSM) son los más habituales: solicitud de pensiones y prestaciones del sistema de la Seguridad Social (jubilación, prestación por nacimiento o cuidado de hijo, viudedad, etc.), la solicitud de la Tarjeta Sanitaria Europea o la comunicación del fallecimiento de un pensionista, entre otras.
En la web de la Seguridad Social podrás encontrar los modelos de formularios de solicitud habituales para la realización de todas estas gestiones. Además, para agilizar la búsqueda, el trabajador puede utilizar un nuevo asistente virtual que está accesible en una ventana flotante con el texto ¿Te ayudamos? en el margen inferior derecho de la portada.
Así funciona el nuevo sistema provisional
Este nuevo canal está accesible desde la propia portada de la Sede Electrónica de la Seguridad Social, donde podemos acceder directamente a los formularios habilitados por cada una de las tres entidades mencionadas anteriormente. Una vez que el ciudadano accede, aparece una página explicativa del uso de este servicio en la que se advierte de que es provisional y habilitado solamente para la presentación de escritos urgentes. Además, si la solicitud lleva aparejada la presentación de un modelo concreto, encontrará un enlace para buscar y descargar el correspondiente.
Al formular la solicitud, se deberá remitir una copia del DNI y la documentación acreditativa necesaria. En caso de no disponer de algún documento, es posible sustituirlo por una declaración responsable y utilizar el modelo habilitado a tal efecto. Es muy importante comprobar los datos del teléfono y correo electrónico, porque será la vía de comunicación con la Seguridad Social.
Una vez realizada la solicitud, no se formalizará en el Registro Electrónico de la Seguridad Social ni se generará un justificante de su envío.
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