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CORRECCIÓN DE ERRORES Decreto-ley 8/2020, de 24 de Abril, de medidas urgentes y extraordinarias para el mantenimiento y recuperación del empleo frente a la crisis del COVID-19

DOE Extremadura

Ayudas para el fomento de nuevas contrataciones de personal cualificado y de gestión administrativa, y el mantenimiento de los puestos de trabajo ya existentes en entidades de la Economía Social y Sociedades Laborales.

AYUDAS

  • Línea I: Ayudas destinadas a financiar las nuevas contrataciones de personal cualificado y de gestión administrativa, sin relación societaria con la entidad, en las cooperativas y sociedades laborales señaladas en el artículo 89.
  • Línea II: Ayudas para financiar el mantenimiento de los puestos de trabajo de personal cualificado y de gestión administrativa, sin relación societaria con la entidad, en las cooperativas y sociedades laborales señaladas en el artículo 89.

CUANTÍA

  • Línea I: 10.000 Euros por la creación de empleo como consecuencia del nuevo contrato, siempre que la jornada sea a tiempo completo y el compromiso de continuidad del pues-to de trabajo sea de un año desde la fecha de notificación de la resolución de concesión.
  • Línea II: 5.000 Euros por el mantenimiento del empleo, siempre que la jornada sea a tiempo completo y el compromiso de continuidad del puesto de trabajo sea de un año desde la fecha de notificación de la resolución de concesión.

En el caso de las sociedades cooperativas y sociedades laborales que tengan su domicilio social en localidades de menos de 5.000 habitantes, los importes de las ayudas de cada línea se incrementarán en 2.000 Euros.

Plazo Entrada en vigor 10 días hábiles desde el día siguiente a la publicación en DOE. El plazo para presentar solicitudes será de tres meses y comenzará a contar el día siguiente al de publicación de la convocatoria y su extracto en el Diario Oficial de Extremadura.

Más medidas del Decreto:

  • I: Ayudas al mantenimiento del empleo por cuenta propia de personas autónomas inscritas en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos afectados directamente por el cese de la actividad o disminución significativa de sus ingresos.
  • II: Ayudas para la reactivación y mantenimiento del empleo de las personas trabajadoras asalariadas a cargo de personas trabajadoras autónomas o de microempresas, incluidas en expedientes de regulación temporal de empleo.
  • III: Ayudas para el relanzamiento del autoempleo de personas que han causado baja en el régimen de autónomos, para el inicio de la misma o distinta actividad en el mismo régimen.
  • IV: Ayudas destinadas a microempresas y personas trabajadoras autónomas para la contratación temporal de personas trabajadoras afectados por la finalización de sus contratos durante la vigencia del estado de alarma.
  • V: Ayudas urgentes para el mantenimiento de la plantilla de personas trabajadoras con discapacidad en los Centros Especiales de Empleo tras la finalización del Estado de Alarma.
  • VI: Ayuda urgente a las personas trabajadoras por cuenta ajena afectadas por expedientes de regulación de empleo temporales por motivo de la paralización de la actividad económica.
  • VII: Ayudas urgentes para el mantenimiento del empleo en el ámbito agrario tras la finalización del Estado de Alarma para la gestión de la crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19 en la Comunidad Autónoma de Extremadura.
  • VIII: Ayudas para la financiación de préstamos a empresas turísticas para paliar los efectos que está provocando la pandemia del COVID-19.
  • IX: Ayudas para el fomento de nuevas contrataciones de personal cualificado y de gestión administrativa, y el mantenimiento de los puestos de trabajo ya existentes en entidades de la economía social en Extremadura para paliar los efectos que está causando la pandemia del COVID-19.

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