Publicada en el BOE, la orden por la que se definen los criterios y requisitos de los arrendatarios que pueden acceder a los préstamos para el pago del alquiler.
Estos avales, son ayudas transitorias de financiación, concedidas a los arrendatarios de viviendas habituales localizadas en territorio español por entidades de crédito. Contarán con total cobertura mediante aval del Estado, y no devengarán ningún tipo de gastos e intereses para el solicitante.
Puedes encontrar toda la documentación aquí.
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