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La Junta de Extremadura convoca el programa ‘Un autónomo-Un empleo’, dotado con 23,1 millones de euros

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Contempla ayudas de entre 16.000 y 24.000 euros para que los trabajadores por cuenta propia contraten a desempleados

MÉRIDA, 13 (EUROPA PRESS)

El Diario Oficial de Extremadura (DOE) ha publicado este jueves el decreto por el que se regula el programa ‘Un Autónomo-Un Empleo’, destinado a la contratación por cuenta ajena de un desempleado por parte de un autónomo, así como el asesoramiento y acompañamiento a ésta, para su crecimiento empresarial.

En concreto, se ha aprobado la primera convocatoria del Programa I, dotado con 23.107.020 euros, que será financiado en su totalidad con cargo al Instrumento Financiero React EU, de la Unión Europea, según informa la Junta de Extremadura en nota de prensa.

En ese sentido, la Consejería de Educación y Empleo ha reafirmado su apuesta por “el impulso a la creación de empresas y por el descubrimiento emprendedor”, mediante las diferentes redes territoriales, estructuras y estrategias locales de desarrollo.

Así, para la consecución de este objetivo se establecen una serie de actuaciones, como la creación de empleo por autónomos, mediante la contratación de desempleados, prioritariamente jóvenes o paradas de larga duración, para el desarrollo de su actividad empresarial o profesional, y medidas de asesoramiento y acompañamiento a los autónomos beneficiarios del Programa I.

AYUDAS ENTRE 16.000 Y 24.000 EUROS

Las cuantías de las ayudas se establecen en función del grupo de cotización en el que se encuadre a la persona objeto de la subvención. La cualificación y formación requerida por un puesto de trabajo, así como las funciones a desempeñar, van asociadas al grupo profesional en el que se encuadre y, en función de éste, se determina la pertenencia a uno u otro grupo de cotización.

Así, la cuantía será de 23.000 euros para las contrataciones que se encuadren en el grupo de cotización 1 de la Seguridad Social; 19.000 euros para las contrataciones que se encuadren en el grupo de cotización 2 y 16.000 euros para las contrataciones encuadradas en los restantes grupos de cotización.

Los importes anteriores serán incrementados en 1.000 euros cuando la persona contratada tenga 30 años o menos, o sea desempleado de larga duración, a la fecha de contratación, explica el Ejecutivo regional.

Por otro lado, el Programa II de acompañamiento y asesoramiento establece subvenciones dirigidas a empresas consultoras para el asesoramiento y acompañamiento a los autónomos beneficiarias del Programa I. Este segundo programa, que está dotado con 710.000 euros de fondos propios de la Comunidad Autónoma, se convocará más adelante.

PERSONAS BENEFICIARIAS

De esta forma, podrán ser beneficiarias de estas subvenciones los trabajadores por cuenta propia a título individual, encuadradas en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA) y las personas físicas o jurídicas especializadas que tengan como actividad principal la prestación de servicios de asesoramiento a las empresas de cara al Programa II.

Los solicitantes del Programa I, que sean personas físicas, podrán optar por utilizar el modelo normalizado de solicitud disponible en la web sede.gobex.es/SEDE/, o utilizando el modelo normalizado de solicitud disponible en la web extremaduratrabaja.juntaex.es

En el caso de que no estuviesen habilitados los medios tecnológicos necesarios, todas las personas físicas o jurídicas solicitantes podrán presentar las solicitudes en las oficinas de registro del Servicio Extremeño Público de Empleo (SEXPE), o bien en las oficinas del Sistema de Registro Único de la Junta de Extremadura.

En la página web extremaduratrabaja.juntaex.es estará disponible toda la información de los distintos programas de subvenciones.

Las solicitudes podrán presentarse a partir del día siguiente a la publicación de la convocatoria, es decir, desde el 14 de enero hasta el 30 de septiembre.

Finalmente, cabe destacar que los autónomos podrán solicitar las ayudas siempre que no hayan transcurrido más de 2 meses desde la contratación de la persona por cuenta ajena, y el plazo máximo para resolver de forma expresa y notificar la resolución será de seis meses desde la fecha de solicitud de las ayudas.


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