El Gobierno destinará tres millones para ayudar a los pescadores que tuvieron que parar por el Covid

El Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación da luz verde a estas ayudas para el periodo comprendido entre el 16 Marzo y 15 de Julio, y abre la vía para prorrogarlo hasta el 31 de Diciembre

Una de las preocupaciones del Comité de Crisis del sector pesquero (Cepesca, Fedepesca y la Federación Nacional de Cofradías de Pescadores) durante lo más duro del primer confinamiento, en el que se pedía algún tipo de apoyo para los pescadores y armadores que estaban sin faenar temporalmente por el Covid-19 y habían solicitado un ERTE.

Este Martes el Boletín Oficial del Estado (BOE) ha publicó un Real Decreto Ley con la convocatoria de las ayudas destinadas a los pescadores y armadores que se vieron obligados a parar temporalmente por la pandemia. Hasta tres millones de euros pondrá el Gobierno para apoyar a los afectados.

Por ejemplo, entre la flota del Mediterráneo hubo decenas de embarcaciones que por su pequeño tamaño no pudieron salir a faenar, porque no podían cumplir los requisitos de Sanidad de distanciamiento social, algo especialmente común en la flota de arrastre.

En concreto, el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación ha puesto sobre la mesa la posibilidad de solicitar compensaciones para el periodo comprendido entre el 16 de Marzo y el 15 de Julio, aunque el real decreto abre la puerta a prolongar estos apoyos hasta el 31 de Diciembre.

Tres millones de euros

El Ejecutivo ha previsto poner sobre la mesa un máximo de tres millones de euros para este concepto a cuenta de los Presupuestos Generales del Estado prorrogados de este año.

Estas ayudas están cofinanciadas en un 75% por el Fondo Europeo Marítimo y de Pesca (FEMP), mientras que la aportación nacional es el restante 25% por lo que el montante final será superior.

En cualquier caso, las ayudas se tendrán que solicitar en los siguientes “20 días hábiles” desde su entrada en vigor hoy Miércoles.

El importe máximo de la ayuda por beneficiario no excederá de los 50 euros por día de paralización temporal de la actividad.

Otras condiciones muy relevantes son que tendrán que haber faenado a bordo de un buque afectado por la paralización de actividad “al menos 120 días” en los dos años “civiles” anteriores a la solicitud, estar enrolados en el momento de la paralización, menos si han mantenido “ininterrumpida” la relación laboral por baja paternal o vacaciones y haber cotizado en el Régimen Especial de la Seguridad Social de los Trabajadores del Mar “al menos, doce meses a lo largo de su vida laboral“. Además de estar al corriente de pago de sus impuestos y con la Seguridad Social.

Estos apoyos o ayudas serán también «incompatibles con el trabajo por cuenta propia o por cuenta ajena durante el periodo de derecho de las ayudas», así como con otras subvenciones de cualquier otra administración. Eso sí, compatible con cualquier otro apoyo que se perciba como armador.

Redacción

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