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Pymes y autónomos: ¿Tienes ayudas en la luz? Cuidado con estas reglas y fechas

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Muchas empresas y autónomos se benefician de una serie de medidas que conllevan unas consecuencias en cuanto a condiciones y plazos

Ante la difícil situación que atraviesan muchos negocios a consecuencia de la pandemia del COVID-19,se publicó en su momento una serie de decretos que permitían flexibilizar las condiciones de contratación para pymes y autónomos de sus suministros energéticos.

Endesa ha recopilado en su página web las ayudas en cuestión, y también los compromisos derivados para todos aquellos profesionales y empresas que se hayan acogido a las mismas. Pues había ciertos condicionantes que, conforme se vaya volviendo a la normalidad, será necesario tener en cuenta.

Medidas que se implantaron y qué suponen para los afectados

La primera de las medias en cuestión ha sido el aplazamiento de las facturas de luz y gas, mientras estuviese vigente el estado de alarma (se aplicará únicamente a pymes y autónomos). Los requisitos eran que las facturas estuviesen vinculadas al establecimiento donde ocurre la actividad económica y que se viese afectado por el estado de alarma. Las facturas se emitieron pero no llegaron a cobrarse.

Pero, ¿cuándo se tendrá que hacer frente a las mismas? Según informan desde la empresa energética, el importe total se dividirá en seis y se irán cobrando mensualmente entre junio y noviembre de este mismo año.

Menos actividad, menos potencia

Otra de las medidas está relacionada con la reducción de la potencia contratada para adaptarse a las necesidades durante el estado de alarma, con el asesoramiento correspondiente durante los trámites oportunos.

¿Se puede volver a recuperar la potencia con la vuelta a la normalidad? Sí, aunque para hacerlo sin costes adicionales deberá efectuarse el cambio antes del día 21 de septiembre de 2020.

En el caso de superar la potencia anteriormente contratada se deberá gestionar un Certificado de Instalación Eléctrica (CIE) asumiendo su coste.

Es recomendable abordar todos los cambios tras un estudio técnico en el que se detallen las necesidades energéticas de las instalaciones básicas.

Para tramitar una subida de potencia se debe realizar con la misma comercializadora y con el mismo titular de contrato.

Gas

Con respecto al gas natural es posible modificar el caudal diario contratado para ajustarse a las pautas de consumo, aunque no hayan pasado doces meses desde la última modificación y también se ha incluido un nuevo escalón de peaje al consumo anual actualizado.

Hasta el 21 de Septiembre de 2020 se puede volver a las condiciones anteriores, en un plazo de 5 días naturales y sin coste adicional.

Los negocios que tomaron la decisión de suspender el suministro ya sea de luz o gas podrán volver a solicitarlo si ningún coste siempre que la reactivación se haga a través de Endesa y antes del 21 de Septiembre de 2020


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