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La Comunidad de Madrid subvenciona las Cotizaciones Sociales de marzo y abril de los autónomos – Covid-19

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La Comunidad de Madrid ha puesto en marcha el Programa Continúa, que consiste en una subvención para sufragar el importe de las cuotas correspondientes a los meses de marzo y abril de 2020, abonadas por aquellos autónomos en dificultades como consecuencia de la crisis sanitaria del COVID-19

1. Beneficiarios

  • Trabajadores autónomos con o sin empleados a su cargo.
  • Trabajadores autónomos socios de sociedades cooperativas, sociedades laborales y sociedades mercantiles, que estén afiliados al RETA.

2. Requisitos

  1. Desarrollar la actividad en el territorio de la comunidad de Madrid.
  2. Que su actividad se haya visto afectada negativamente por la emergencia sanitaria provocada por el Covid-19.
  3. Haber iniciado su actividad en el mes de marzo de 2020 o haber experimentado, en marzo de 2020, una reducción de, al menos, un 30% de la facturación respecto del mes de febrero de 2020 o respecto del mes de marzo de 2019.
  4. Encontrarse dado de alta en el RETA o incorporado a la mutua de previsión social correspondiente, haya tenido o no que suspender su actividad de manera temporal.
  5. Comprometerse a permanecer de alta en el RETA o incorporadas a la mutua de previsión social correspondiente durante, al menos, los tres meses siguientes al abono de la subvención.
  6. No haber sido beneficiario de la prestación extraordinaria por cese de actividad contemplada en el artículo 17 del Real Decreto-Ley 8/2020, de 17 de marzo.
  7. Tampoco haber sido beneficiario de ayudas o bonificaciones de cuotas a la mutua de previsión social correspondiente.
  8. No haber sido beneficiario de la subvención del Programa Impulsa para autónomos en dificultades.
  9. Estar al corriente de las obligaciones tributarias con la Administración del Estado y de la Comunidad de Madrid y con la Seguridad Social o la Mutua de Previsión Social correspondiente según el caso.
  10. Haber realizado el Plan de Prevención de Riesgos Laborales.

3. Importe de la Subvención

El importe de la subvención será el equivalente al de las cuotas de los meses de marzo y abril del Régimen Especial de Trabajadores Autónomos de la Seguridad Social, calculadas sobre la base mínima de cotización de dicho régimen por contingencias comunes.


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